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dc.publisher.countryPEes_ES
dc.contributor.authorSUNEDU. Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitariaes_ES
dc.contributor.authorChávez Irigoyen, Carmelaes_ES
dc.date.accessioned2023-01-31T16:27:14Z
dc.date.available2023-01-31T16:27:14Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.isbn9786124712548es_ES
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12799/8733
dc.description.abstractEste documento de trabajo constituye un extracto del III Informe Bienal de Realidad Universitaria (IB en adelante) publicado por la Sunedu, en el que se hará una lectura desde la situación de mujeres y hombres en las temáticas analizadas vinculadas a las trayectorias estudiantiles. Parte por la exploración de los fenómenos de acceso, matrícula y empleo, teniendo como primera variable la diferenciación por sexo. Asimismo, según sea relevante, se añadirá variables vinculadas al origen familiar, como el perfil étnico, el capital educativo de las madres y/o padres, el nivel de gasto y los niveles de dependencia familiar. También se tomará en cuenta el análisis generacional en torno a los temas de acceso temprano a la educación superior, al primer empleo y las condiciones del mismo. El documento concluye con una serie de recomendaciones para los principales actores del sistema de educación superior, en tanto es labor de las políticas del sector atender estas desigualdades. El principio de equidad está presente en la normativa educativa peruana, en específico, en la Ley General de Educación, la cual señala que se debe “garantiza(r) iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad” [art. 8]. Dicho principio también está presente en el Proyecto Educativo Nacional al 2036, que propicia “procesos constantes de identificación y eliminación de barreras para alcanzar una sociedad justa en la que todos los grupos poblacionales ejercen sus derechos en igualdad de condiciones”. La propia Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva, que establece como uno de sus objetivo prioritarios “el acceso equitativo de la población a la educación superior”. En la misma línea, la Ley Universitaria 30220 señala que uno de los principios de la universidad peruana es el interés superior del estudiante (art. 5). A nivel internacional, además del Objetivo de Desarrollo Sostenible nro. 4 vinculado a la educación de calidad, se cuenta con el Objetivo nro. 5, el que señala que, si bien hay cada vez más mujeres en el mercado laboral, subsisten grandes desigualdades sistemáticas que generan situaciones de discriminación, violencia o exclusión a lo largo de sus ciclos de vida. Desigualdades que incluyen, por supuesto, el campo educativo. Bajo estos supuestos, Sunedu reafirma en su III IB “es misión de las instituciones universitarias asegurar trayectorias estudiantiles provistas de recursos y garantías para el éxito en la formación profesional”.es_ES
dc.description.abstractDocumento de Trabajo, 1es_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitariaes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.subjectEducación superiores_ES
dc.subjectUniversidadeses_ES
dc.subjectEnfoque de géneroes_ES
dc.subjectEducación de la mujeres_ES
dc.subjectCondiciones de vidaes_ES
dc.subjectAcceso a la educaciónes_ES
dc.subjectEmpleoes_ES
dc.subjectMercado de trabajoes_ES
dc.subjectPerúes_ES
dc.titleGénero y educación superior : una mirada al sistema universitario peruano desde las trayectorias estudiantileses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/technicalDocumentationes_ES
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.03.01es_ES


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